– Información general de ASSA
– Condiciones generales
– Información de registro
Registro SUGESE Dólares | Fecha Registro |
P19-60-A05-712 | 30/05/2017 |
– Procedimiento en caso de siniestros
En caso de fallecimiento del Asegurado Principal o algún Familiar Asegurado de acuerdo a la “COBERTURA DE GASTOS FUNERARIOS”, según sea el caso, deberán comunicarse telefónicamente con el Administrador de la Red de Servicios Funerarios a los teléfonos (506) 4052-5354, (506) 4052-5355, (506) 4052-5356 en Costa Rica, o por correo electrónico a la dirección kruiz@memorialinternational.com o costarica@memorialinternational.com.
- El operador indicará al solicitante del servicio que la llamada telefónica será grabada con el propósito de controlar la calidad del servicio, así como la fecha y hora de la solicitud del mismo.
- El operador solicitará el número de la Póliza y el número de la cédula de identidad del Asegurado.
- El operador realizará algunas preguntas básicas y confirmará la procedencia de la reclamación.
- El operador asignará un número de reclamación y lo informará claramente al solicitante, indicándole la hora exacta de la solicitud del servicio.
- El operador solicitará un número telefónico o una dirección de correo electrónico para confirmarle este número y la hora exacta de la reclamación.
- Dentro de las siguientes cinco (5) horas al momento de la llamada realizada por el solicitante, el operador indicará al solicitante el nombre del(os) Proveedor(es) de Servicios Funerarios de la zona donde se encuentra el fallecido, así como las condiciones en que será atendido, los servicios que le serán prestados y el alcance de la Cobertura.
- Una vez el operador del Administrador de la Red de Servicios Funerarios reciba la aceptación del Reclamante, coordinará la prestación del servicio.
- El operador del Administrador de la Red de Servicios Funerarios informará al solicitante telefónicamente la forma y hora en que recibirá el servicio.
– Tarifa $
Plan G3 |
Plan G5 |
Plan G7 |
$ 7,99 USD |
$9,99 USD |
$12, 99 US |
Si Tarjetahabiente es mayor de 64 años, debe sumarse USD $ 1,90 x MES en el plan correspondiente |
– Edad de Contratación:
La Compañía podrá solicitar toda clase de pruebas y documentos que comprueben la edad de los Asegurados.
Únicamente para ser incluido en la presente póliza el Asegurado Principal y los Familiares del Asegurado Principal deberán contar con una edad de al menos dieciocho (18) años. Solo en el caso de los hijos del asegurado principal, se permite su inclusión a partir de un (1) año de edad. La inclusión de dependientes aplica hasta cuarto grado de consanguinidad en relación con el asegurado principal.
A partir de los sesenta y cuatro (64) años, once (11) meses y veintinueve (29) días, para ser incluido un Asegurado Principal o Familiares del Asegurado Principal (en caso de incluir dos (2) o cuatro (4) Familiares Asegurados), la Compañía podrá proceder según las siguientes opciones:
- Aplicación automática de una tarifa especial, a partir de la edad límite, calculada a través de un estudio técnico y objetivo sobre la colectividad asegurada en la Póliza de Seguro, o;
- Realización de análisis médicos sobre el estado actual del Asegurado que alcance la edad límite, con el objetivo de evaluar si existen factores en su salud e integridad que incrementen el riesgo cubierto y, por lo tanto, se proceda con la aplicación de una tarifa especial.
En caso de incluir seis (6) Familiares Asegurados, siempre que estén incluidos los padres del Asegurado Principal y los mismos sean mayores de setenta y cuatro (74) años, once (11) meses y veintinueve (29) días la Compañía podrá proceder según las opciones 1. ó 2. indicadas anteriormente en esta cláusula.
Una vez que el Asegurado Principal o cualquier Familiar Asegurado haya sido incluido en la póliza, no existirá límite de edad para su permanencia y la Compañía continuará otorgando cobertura bajo esta Póliza.
– Finalización de la cobertura
Este servicio se otorga bajo las siguientes limitaciones:
- A través del Administrador de Servicios Funerarios y de la Red de Proveedores de Servicios Funerarios en todo el territorio nacional.
- Hasta TRES MIL DÓLARES (US$ 3,000.00) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América o su equivalente en colones por fallecimiento; el monto asegurado siempre se indemnizará en forma de las prestaciones o servicios definidos.
- En caso del fallecimiento del Asegurado Principal de la póliza la misma se dará por terminada y dejará de aplicar a los Familiares Asegurados
– Terminación de la póliza
Esta Póliza y todas sus coberturas terminarán el día que se declare la ocurrencia de cualquier de las siguientes causales:
- Por falta de pago de la prima por parte del Contratante de la Póliza al término del Período de Gracia.
- Cuando el Contratante, por su parte, decida dar por terminada la Póliza mediante notificación escrita en el domicilio de la Compañía, con al menos treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha en la que se dará por terminada la Póliza, previa aplicación del mecanismo de comunicación previsto para los Asegurados con el fin de no verse afectados en sus intereses.
En todos los casos de terminación anticipada de la Póliza, el Contratante, bajo su responsabilidad y dentro del plazo de treinta (30) días naturales previo a la terminación de la póliza, deberá comunicarlo a los Asegurados con el fin de no verse afectados en sus intereses. La Compañía verificará y se asegurará de que todos los Asegurados sean notificados dentro del plazo indicado, por cualquier medio y en cualquier dirección autorizada por los Asegurados.
– Elegibilidad
Son elegibles para este Seguro aquellas personas que formen parte del Grupo Asegurable que al momento de ser incorporadas a la póliza no se haya comprobado medicamente que padezcan de enfermedades, estados o lesiones congénitas o crónicas que puedan dar origen a un reclamo a raíz de tales padecimientos.
El Tomador debe garantizar que cada una de las personas que figuran en el reporte que sirve de base para la expedición de esta póliza, pertenece al Grupo Asegurable y reúne los siguientes requisitos:
- Es una persona física.
- Reside permanentemente en el territorio costarricense.
- Es Tarjetahabiente del Tomador o Familiar Asegurado del Tomador.
- El Asegurado Principal o Familiares Asegurados deberán contar con una edad mínima de dieciocho (18) años. En el caso de hijos del tarjetahabiente, se permite su inclusión a partir de un (1) año de edad. Una vez que el Asegurado Principal o Familiares Asegurados hayan sido incluidos en la póliza, no habrá ningún tipo de límite de edad y la Compañía continuará otorgando cobertura.
– Indisputabilidad de la póliza
La cobertura de los Asegurados será disputable únicamente durante los primeros dos (2) años de vigencia; sin embargo, siempre será disputable por declaración falsa o inexacta de hechos o circunstancias conocidas como tales por el Asegurado o Contratante, actuando con dolo, según se detalle en la cláusula “NULIDAD DEL CONTRATO”.
El periodo de disputabilidad se iniciará:
- En la fecha en que se otorga la cobertura de cualquier Asegurado.
- Si la cobertura del Asegurado hubiera sido rehabilitada, el período de disputabilidad se iniciará en el momento en que la Compañía acepta dicha rehabilitación y otorga la cobertura así rehabilitada.
– Requisitos de Aasegurabilidad
Llenar formulario de propuesto asegurado.
– Período de espera
En caso que un Asegurado fallezca por causa natural o por enfermedad, la “COBERTURA DE GASTOS FUNERARIOS” operará después de haber transcurrido noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de iniciación de la vigencia que aparece en la Solicitud/Certificado.
– Deducibles
No aplica
– Período de gracia:
90 días.